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Seguros para Empresas > Seguro de Vida Colectivo

Instituto de Seguros S.A. posee una amplia gama de coberturas Stándar y Premium que se adaptan a cada necesidad.

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En Instituto de Seguros S.A. ofrecemos soluciones con visión de futuro para cada individuo y su grupo familiar. Colaborando con las empresas, asociaciones y organizaciones a proteger su activo más valioso: su gente.

Amparo Familiar

  • Amparo Familiar
  • Este producto brinda la posibilidad de extender la cobertura al grupo familiar de un asegurado titular, quien obtiene el seguro por pertenecer a una empresa o ser asociado titular de una institución.

¿Cuáles son las coberturas?

  • Muerte por enfermedad o accidente.
  • Cobertura para empleados, cónyuges e hijos menores de 23 años.
  • Suma Asegurada: a determinar según las necesidades del cliente.
  • Ofrece la tranquilidad de tener una suma dineraria, para cubrir los gastos imprevistos ocasionados por el fallecimiento de algún integrante del grupo familiar.

Características

  • Elegibilidad: desde los 18 a 75 años para titulares.
  • Moneda: pesos.

Frecuencia de pago: mensual semestral o anual.

Consumo Garantizado

Protege a tus clientes o asociados ante la ocurrencia de un imprevisto. Permite diferenciarse de la competencia y fidelizar a tus clientes. A su vez, cuenta con costos sumamente reducidos, por tratarse de un seguro grupal y de simple administración. Ideal para mutuales, sindicatos, clubes, countries u otras instituciones similares. También es una protección completa para abonados a sistemas de cable, telecomunicaciones, radiollamadas, telefonía celular, usuarios de servicios como teléfono, luz, gas, etc.

¿Cuáles son las coberturas?

  • Muerte por enfermedad o accidente.
  • Suma asegurada: el monto a asegurar surgirá del análisis de cada caso.

Características




  • Elegibilidad: desde los 18 a 75 años.
  • Moneda: pesos.

Frecuencia de pago: mensual, semestral o anual.

Ley De Contrato De Trabajo

Es un instrumento de previsión al alcance de todo empleador. De esta manera, las empresas pueden respaldar sus obligaciones patronales establecidas por la Ley de Contrato de Trabajo ante un siniestro de un empleado. 



¿Cuáles son las coberturas?

  • Muerte por enfermedad o accidente.
  • Invalidez total y permanente por enfermedad o accidente.


Suma Asegurada

  • Por fallecimiento: medio sueldo por cada año de antigüedad.
  • Por incapacidad: un sueldo por cada año de antigüedad.


Características

  • Elegibilidad: desde los 18 a 75 años.
  • Moneda: pesos.

Frecuencia de pago: mensual semestral o anual.

Convenio Mercantil

Seguro obligatorio para todos los empleados pertenecientes al Convenio Colectivo de Trabajo Mercantil (CCT n° 130/75) 



¿Cuáles son las coberturas?

  • Muerte por enfermedad o accidente.
  • Invalidez total y permanente por enfermedad o accidente.
  • Suma Asegurada: se establece periódicamente según lo define el Convenio Colectivo de Trabajo.
  • Costo del seguro: 2/3 a cargo del empleador y 1/3 a cargo del empleado.


Características

  • Elegibilidad: desde los 18 a 75 años.
  • Moneda: pesos.

La Ley de Contrato de Trabajo Nº 20.774 establece la obligatoriedad de los empleadores de abonar una indemnización a sus empleados cuando estos fallecen o quedan incapacitados para trabajar. Nosotros te ayudamos a cumplir con tus obligación.

La Ley no obliga a la empresa a contratar una póliza para cubrir estos riesgos; sin embargo es obligatorio el pago de la indemnización. En consecuencia, podemos ofrecerte la contratación de un seguro de vida que te permita subrogar las obligaciones emergentes de esta norma legal trasladando un alto riesgo a Instituto de Seguros a un bajo costo. Esta ley alcanza a todos los trabajadores en relación de dependencia.

Cobertura

  • Muerte por enfermedad o accidente.
  • Invalidez Total y Permanente por enfermedad o accidente.

El beneficiario es el empleador, por sus obligaciones emergentes de la Ley de Contrato de Trabajo, hasta la suma que este concepto deba liquidar al trabajador o a sus herederos legales, según corresponda.

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